Plan de modernización y seguridad de establecimientos turísticos.

Atendiendo a la normativa turística vigente ( Ley 8/2012, de 19 de julio del turismo en las Islas Baleares y el Decreto 20/2015, de 17 de abril, sobre regulación y clasificación de empresas y establecimientos turísticos,) los establecimientos turísticos deben presenta y superar el plan de modernización y de seguridad en los términos fijados en el decreto mencionado.

Los establecimientos obligados a superar el plan de modernización y de seguridad son:

  • Pensiones, posadas, casas de huéspedes, campamentos y campings, hostales, hostales-residencias, agroturismos, viviendas turísticas vacacionales, viviendas objeto de comercialización de estancias turísticas.
  • Empresas turístico-residenciales.
  • Restaurantes, bares y cafeterías.
  • Empresas de intermediación turística.
  • Empresas de entretenimiento, centros turístico recreativos, deportivos, culturales o lúdicos.
  • Viviendas objeto de comercialización de estancias turísticas registradas (Viviendas vacacionales).
  • Alquiler de vehículos.

El plan de modernización consiste en superar cualquier plan de calidad homologado o reconocido por la Dirección General de Turismo de la CAIB ( Plan de modernización de la Dirección General de Turismo de la CAIB, SICTED, Q de Calidad Turística, ISO 9001 y 14001, etc.). Es esta Dirección General la que establece el orden y fechas de sometimiento de los establecimiento turísticos al plan de modernización.

 

Los planes de modernización recogen aspectos tales como:

  • Seguridad y habitabilidad de uso turístico
  • Medidas de instalaciones de protección contra incendios y mantenimiento.
  • Cumplimiento con normativa de condiciones sanitarias, ambientales y alimentarias.
  • Instalaciones de electricidad, fontanería, gas y alimentación.
  • Prestación de servicios.
  • Conservación y mejora del mobiliario y decoración.
  • Aspecto exterior del establecimiento.
  • Medidas de protección del medio ambiente relativas al consumo de agua, energía, condiciones ambientales y reducción de la producción de residuos.

Los establecimientos y empresas turísticas situados en zonas turísticas que sean declaradas maduras, tienen un plazo de seis meses desde esta declaración, o desde la entrada en vigor de este Decreto, si éste fuera posterior, para presentar ante la Administración una propuesta de modernización y seguridad. 

 

Una vez presentado, la Administración, en el plazo máximo de dos meses, se tiene que pronunciar sobre su reconocimiento o carácter homologado atendiendo a su suficiencia y corrección. Si no se reconocido, el interesado tiene que efectuar en el plazo máximo de un mes las correcciones necesarias 

 

Una vez reconocido el plan, se tiene que acreditar el cumplimiento o se tiene que ejecutar en el plazo máximo de tres años. 


Tras la declaración del término de Calvia como zona madura, y con la publicación del Decreto 20/2015 el pasado 18 de abril, la normativa establece para la totalidad de establecimientos del municipio de Calvia un plazo máximo de 6 meses desde la publicación del decreto para registrar su propuesta de modernización. Recordar, por tanto, que el plazo de presentación de propuestas finaliza el próximo día 19 de octubre de 2015.

La presentación de la documentación administrativa puede realizarse en el Ayuntamiento de Calvia o en la Dirección General de Turismo de la CAIB.

 

Recuerde que desde 221 Gestión de Proyectos podemos asesorarse en la gestión del plan de modernización de su establecimiento y tramitar el mismo ante la administración, realizando un seguimiento del mismo y gestionando las acciones que se deriven del mismo para su puesta en marcha en los próximos 3 años. 

 

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